Los ondenses han mostrado su apoyo masivo a que se recupere esta figura
en el Código Penal.
Apoyo mayoritario de
los ondenses a la Prisión Permanente Revisable. Los vecinos de Onda han estado
este fin de semana apoyando la propuesta del PP y de los familiares de las
víctimas que han iniciado la recogida de firmas para volver a incluir dentro
del Código Penal la Prisión Permanente Revisable.
El presidente del PP
en Onda, Salvador Aguilella, ha agradecido a los ondenses el apoyo masivo
durante el fin de semana ya que en pocas horas se ha logrado más de 800 firmas,
que se suman a las miles y miles de adhesiones que se han recogido en toda la
provincia y el resto de España.
La Prisión Permanente
Revisable se aprobó en 2015 y que cuenta con el 80% de apoyo de los españoles.
Ya que PNV, PSOE, Unidos Podemos, ERC, PDC y la mayoría de los partidos
nacionalistas solicitaron derogar la prisión permanente revisable en España.
Entre los partidos que estuvieron a favor de mantener esta figura legal estaban
únicamente el PP y UPN
Esta figura persigue
la inserción pero garantizando la seguridad de los españoles y reforzando la
libertad ya que como su propio nombre indica es revisable la condena. Esta
figura existe en todos los países europeos y España es una anomalía al no
contemplarla.
La pena se regula
solamente para aquellos culpables de haber cometido un delito relacionado con
la vida, que haya terminado en la muerte de la víctima.
El Código Penal
establece la prisión permanente revisable para una serie de supuestos
concretos, que son, según su artículo 140:
1. El asesinato de una
persona menor de dieciséis años.
2. El asesinato cometido
tras la comisión de un delito contra la
libertad sexual.
3. El asesinato cometido
en el seno de una organización criminal o terrorista.
4. La comisión de dos o
más asesinatos por un mismo condenado.
5. El asesinato del Rey de España o
de un jefe de Estado extranjero que se hallare en España.
6. Los crímenes de lesa humanidad.
La pena solo será
revisada para optar a la suspensión, tras haber cumplido los 25 años de
condena, siempre y cuando el interno esté clasificado en tercer grado
penitenciario.
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